Donaciones

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Información importante

  • Los importes expuestos que se indican a través de esta página web no incluyen IVA por ser una donación económica social.
  • Las aportaciones económicas de los donantes disponen de incentivos fiscales.
    • Si eres persona física:
      • En caso de donar 250€  la desgravación será del 80%, es decir, en la declaración de la renta del año que viene te devolverán 200€.
      • A partir de los 250€, la deducción será de 40% del IRPF el primer año. En caso de hacer donaciones periódicas, a partir del tercer año el IRPF deducible subirá al 45%
    • Si eres persona jurídica:
      • El porcentaje de deducción en cuota en el Impuesto sobre Sociedades es del 40%. Esta deducción se incrementa al 50% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años.

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